En el año 2011, dos
empresas competidoras en el área de alimentos en la República Dominicana,
iniciaron reclamaciones, una contra la otra (y viceversa)
utilizando las vías judiciales.
Una de las
empresas demandas buscaba por un lado el cese del anuncio y declaratoria de
competencia desleal y además intentaba recuperar daños y perjuicios porque
supuestamente le afectaba a su producto.
La otra
empresa, por su parte, había
iniciado una reclamación por una publicidad, en el que se establecían informaciones
y comparaciones que consideraba completamente diferenciadas con la realidad y
que afectaban a la comercialización y venta de su producto principal.
Quisiera
decirles el final y comentarles la interpretación jurisprudencial de nuestros
tribunales sobre la competencia desleal en publicidad en ambos casos, pero como
de seguro suponen, los litigios no han llegado a su fin, ambos están todavía en
la Suprema Corte de Justicia.
Uno de
ellos (de los dos litigios) llegó más rápido que el otro, pero el punto es el
mismo: La publicidad no tiene vía (NO WAY) de resolver disputas sobre
competencia desleal de forma expedita y con posibilidad de tomar medidas
conservatorias o suspensiones (o levantarlas). Si las campañas fueron
perjudiciales para el mercado y los consumidores fueron engañados o su atención
fue desviada de forma desleal, no importa la decisión que al final tomen los
tribunales, los efectos no podrán ser resarcidos.
Estas notas
bien pudieron titularse que la competencia desleal en publicidad no tiene quien
le escriba …. El reclamo de operación de PROCOMPETENCIA para estos casos no es
un secreto a voces.
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